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viernes, 9 de mayo de 2014

Seguridad Privada

UN NEGOCIO QUE NO TERMINA DE CRECER
Hay registradas en Guatemala ciento cincuenta empresas de seguridad, las cuales coadyuvan en los diferentes servicios de la Seguridad Ciudadana, esto equivale a ciento cincuenta mil hombres.  La primera empresa de seguridad privada fue autorizada en el año 1962 por el Ministerio de Gobernación.  En Latinoamérica se estima que habría cerca de cuatro millones de personas trabajando en los servicios de seguridad privada, número que crece del seis al ocho por ciento anual.

El nacimiento de la seguridad privada está ligado a la necesidad de las personas individuales o jurídicas de proporcionar protección a sus bienes, pero más se debe a la incapacidad de las instituciones del Estado para controlar la violencia, robos, secuestros, extorsiones, crimen organizado, la vida de la población en general, etc.

En Guatemala, esta incapacidad institucional de no poder controlar la violencia común y el crimen organizado y la necesidad de la población en general de protegerse, propició la conformación y proliferación de grupos armados, en alguna medida con protección del Estado, para cuidar fincas, comercios, empresas y propiedades en general.  Sin embargo ante la falta de normativas referente a la seguridad privada, se dieron problemas de supervisión por parte de la Policía Nacional, funcionamiento de empresas de seguridad no registradas, pago por contratos civiles y mercantiles, falta de garantías laborales, estabilidad para sus guardias, armamento no autorizado, etc.

En los últimos años, cada vez más empresas de seguridad se están encargando de actividades como protección de edificios, tanto privados como públicos, transporte, vigilancia, investigaciones y otros conexos, quitándole así la carga a instituciones del gobierno, pues la seguridad es una de las obligaciones primordiales del Estado.

Las empresas de más de treinta (30) años de existencia en el sector son la excepción más que la regla, pues la inmensa mayoría de los actuales oferentes de servicios de seguridad privada en Latinoamérica tienen menos de 10 años de existencia; los cuatro principales elementos que las caracterizan en la oferta de seguridad son concentración, profesionalización, incorporación de tecnología y principalmente mejora en la producción y servicios, lo cual redunda en beneficios económicos para los usuarios.

Grandes clientes corporativos tales como bancos, plantas fabriles, etcétera, para los cuales hasta hace pocos años, comprar seguridad significaba poner guardias en sus puertas. “Hoy en día, el dispositivo de protección suele involucrar una gran cantidad de insumos tecnológicos, con un costo global elevado. Frecuentemente, el gran cliente demanda que esta tecnología (que puede costar varios millones de dólares) sea instalada por la empresa proveedora del servicio de seguridad y a su cargo, para ser amortizada a todo lo largo de la vida del contrato que se firme entre ambas.


Sin embargo es necesario que este sector de la seguridad privada se profesionalice o capacite adecuadamente, ya que cotidianamente se oyen comentarios que denotan su deficiencia, quizá por la creciente demanda hay empresas de seguridad que contratan personas sin experiencia y es por ello que resultan sus guardias dormidos al ingerir alguna comida o bebida que inocentemente recibieron de personas que con el objeto de robar donde cuidan les proporcionaron.  Esto ha ocurrido a agentes de empresas grandes de seguridad privada en Guatemala.

También es imperativo su reordenamiento y regulación por parte del Estado.  El Decreto 73-70 del Congreso de la República de Guatemala, Ley de policías particulares, entró en vigencia el 19 de noviembre de 1970.  Esta Ley, publicada en el diario oficial el cuatro de noviembre de 1970, tenía como objeto regular a las empresas de seguridad autorizadas por el Ministerio de Gobernación.  Estas normas aún hoy día son insuficientes, de ello surge la importancia de que exista una regulación legal, vigente y positiva en todos sus aspectos.

Denuncias de usuarios por la prestación del servicio de seguridad privada, así como de algunas empresas en torno a su legalización ante el Estado, dieron vida al Decreto 52-2010 y al Acuerdo Gubernativo 417.2013 que contiene el reglamento relacionado con las empresas y sociedades que prestan servicios de seguridad privada.  Sin embargo las críticas y quejas, especialmente por parte de las empresas de seguridad privada en cuanto a la funcionalidad de la Ley siguen en aumento.  (Vea Revista C4, año 5, No. 47, Seguridad Privada.  Tormenta Legal y la Guerra del Centavo)


Fuentes:

DIRECCIÓN GENERAL DE SERVICIOS DE SEGURIDAD PRIVADA
Fecha de emisión: 29/02/2012
(Artículo 10, numeral 29, Ley de Acceso a la Información
Artículo 66. Servicio ilegal. (Decreto 52-2010 del
Congreso de la República de Guatemala).


YEFRY DANILO AVILA GODOY
“Análisis legal de las empresas de seguridad privada y su importancia en la sociedad guatemalteca”.
Guatemala, julio de 2010, Universidad de San Carlos de Guatemala, Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales

Ricardo Guzmán

rguzman31158@gmail.com