UN NEGOCIO QUE NO TERMINA DE CRECER
Hay registradas en Guatemala ciento cincuenta
empresas de seguridad, las cuales coadyuvan en los diferentes servicios de la
Seguridad Ciudadana, esto equivale a ciento cincuenta mil hombres. La primera empresa de seguridad privada fue autorizada en el año 1962 por el Ministerio de Gobernación. En Latinoamérica se estima que habría cerca
de cuatro millones de personas trabajando en los servicios de seguridad
privada, número que crece del seis al ocho por ciento anual.
El nacimiento de la seguridad privada está ligado a la necesidad
de las personas individuales o jurídicas de proporcionar protección a sus
bienes, pero más se debe a la incapacidad de las instituciones del Estado para
controlar la violencia, robos, secuestros, extorsiones, crimen organizado, la
vida de la población en general, etc.
En Guatemala, esta incapacidad institucional de no poder
controlar la violencia común y el crimen organizado y la necesidad de la
población en general de protegerse, propició la conformación y proliferación de
grupos armados, en alguna medida con protección del Estado, para cuidar fincas,
comercios, empresas y propiedades en general.
Sin embargo ante la falta de normativas referente a la seguridad
privada, se dieron problemas de supervisión por parte de la Policía Nacional,
funcionamiento de empresas de seguridad no registradas, pago por contratos
civiles y mercantiles, falta de garantías laborales, estabilidad para sus
guardias, armamento no autorizado, etc.
En los últimos años, cada vez más empresas de seguridad se están
encargando de actividades como protección de edificios, tanto privados como
públicos, transporte, vigilancia, investigaciones y otros conexos, quitándole
así la carga a instituciones del gobierno, pues la seguridad es una de las
obligaciones primordiales del Estado.
Las empresas de más de treinta (30) años de existencia en el
sector son la excepción más que la regla, pues la inmensa mayoría de los
actuales oferentes de servicios de seguridad privada en Latinoamérica tienen
menos de 10 años de existencia; los cuatro principales elementos que las caracterizan
en la oferta de seguridad son concentración, profesionalización, incorporación
de tecnología y principalmente mejora en la producción y servicios, lo cual
redunda en beneficios económicos para los usuarios.
Grandes clientes corporativos tales como bancos, plantas
fabriles, etcétera, para los cuales hasta hace pocos años, comprar seguridad
significaba poner guardias en sus puertas. “Hoy en día, el dispositivo de
protección suele involucrar una gran cantidad de insumos tecnológicos, con un
costo global elevado. Frecuentemente, el gran cliente demanda que esta
tecnología (que puede costar varios millones de dólares) sea instalada por la empresa
proveedora del servicio de seguridad y a su cargo, para ser amortizada a todo
lo largo de la vida del contrato que se firme entre ambas.
Sin embargo es necesario que este sector de la seguridad privada
se profesionalice o capacite adecuadamente, ya que cotidianamente se oyen
comentarios que denotan su deficiencia, quizá por la creciente demanda hay
empresas de seguridad que contratan personas sin experiencia y es por ello que
resultan sus guardias dormidos al ingerir alguna comida o bebida que inocentemente
recibieron de personas que con el objeto de robar donde cuidan les
proporcionaron. Esto ha ocurrido a
agentes de empresas grandes de seguridad privada en Guatemala.
También es imperativo su reordenamiento y regulación por parte
del Estado. El Decreto 73-70 del
Congreso de la República de Guatemala, Ley de policías particulares, entró en
vigencia el 19 de noviembre de 1970.
Esta Ley, publicada en el diario oficial el cuatro de noviembre de 1970,
tenía como objeto regular a las empresas de seguridad autorizadas por el
Ministerio de Gobernación. Estas normas
aún hoy día son insuficientes, de ello surge la importancia de que exista una
regulación legal, vigente y positiva en todos sus aspectos.
Denuncias de usuarios por la prestación del servicio de
seguridad privada, así como de algunas empresas en torno a su legalización ante
el Estado, dieron vida al Decreto 52-2010 y al Acuerdo Gubernativo 417.2013 que
contiene el reglamento relacionado con las empresas y sociedades que prestan
servicios de seguridad privada. Sin
embargo las críticas y quejas, especialmente por parte de las empresas de
seguridad privada en cuanto a la funcionalidad de la Ley siguen en
aumento. (Vea Revista C4, año 5, No. 47,
Seguridad Privada. Tormenta Legal y la
Guerra del Centavo)
Fuentes:
DIRECCIÓN GENERAL DE SERVICIOS DE
SEGURIDAD PRIVADA
Fecha de emisión: 29/02/2012
(Artículo 10, numeral 29, Ley de
Acceso a la Información
Artículo 66. Servicio ilegal. (Decreto
52-2010 del
Congreso de la República de
Guatemala).
YEFRY DANILO AVILA GODOY
“Análisis legal de las empresas de
seguridad privada y su importancia en la sociedad guatemalteca”.
Guatemala, julio de 2010, Universidad
de San Carlos de Guatemala, Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales
Ricardo Guzmán
rguzman31158@gmail.com